Como delito electoral está tipificado el uso ilegal del Programa Social “CRECES” por parte del Alcalde Toño Astiazaran en periodo electoral por su calidad de servidor público al ser Presidente Municipal en funciones, por diversos actos realizados en los meses de marzo, y abril de 2024, por la evidente utilización de recursos públicos (volanteo, creación de Comités CRECES, publicidad, uso inmobiliario en eventos públicos, oficinas móviles, difusión redes sociales, etc.), y la entrega de beneficios relacionados con programa social CRECES, PRESUPUESTO CRECES, COMITÉS CRECES, con la finalidad de incidir en el electorado para posicionarse, al manifestarse abiertamente en su intención de reelegirse, utilizando logotipos oficiales de H CRECE, DIF Hermosillo, fue denunciado ante la Fiscalía de Delitos Electorales por el uso ilegal del Programa Social “CRECES”.

Artículo 11 Bis, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el cual a la letra dice:

Artículo 11 Bis. Se impondrá de quinientos a mil días multa y prisión de cuatro a nueve años, a la servidora o servidor público que, durante el proceso electoral, use o permita el uso de los recursos públicos, bienes, fondos, servicios, o beneficios relacionados con programas sociales con la finalidad de incidir en el electorado para posicionarse o posicionar ante el electorado a distinta o distinto servidor público, precandidato, aspirante a candidato independiente, candidato, partido político o coalición.

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