En el marco de la elaboración del proyecto de la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, el Comité Técnico Asesor en su cuarta sesión de trabajo, en el Complejo Cultural Los Pinos, analizó el tema del derecho a la consulta y el consentimiento, libre, previo, informado y culturalmente adecuado.


El ex relator de la ONU, James Anaya, en su conferencia introductoria, puntualizó en la importancia del derecho a la Consulta de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos para el ejercicio de sus derechos sustantivos.

Ciudad de México, a 27 de enero de 2025. En su cuarta sesión de trabajo y en el marco de la construcción del Proyecto de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, el Comité Técnico Asesor abordó el tema del derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado.

“La consulta, es una obligación del Estado, para salvaguardar los Derechos Sustantivos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos”, afirmó, el ex relator de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), James Anaya, durante su conferencia introductoria; en ese sentido, resaltó que la función o la razón del derecho a la consulta es para salvaguardar los derechos de los pueblos Indígenas y Afromexicanos, como un mecanismo a través del cual se pueda ejercer la libre determinación, y sean los pueblos y comunidades quienes tomen sus propias decisiones para el pleno desarrollo.

James Anaya expuso que los lineamientos de esta norma se fundamentan en dos marcos normativos internacionales: el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU.

Artículo 6, Convenio 169:
(2)Las consultas llevadas a cabo… deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Artículo 19, Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas:
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

El también integrante del Comité Técnico Asesor, destacó que en los 2 instrumentos se plantea que la consulta es un deber u obligación del Estado, para salvaguardar los Derechos Sustantivos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, como se encuentra estipulado en el Artículo 2 de la Constitución Mexicana; y se hace efectivo a través de un diálogo, con los pueblos y comunidades, cuando se propone tomar decisiones que podrían afectar el ejercicio de sus derechos.

Por su parte, director general del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes, agradeció la presencia de los asistentes y destacó dos decisiones importantes que ha tomado la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, en cumplimiento con la implementación de la Reforma al Artículo 2° de la Constitución Mexicana.

Detalló que el primer avance refiere a la firma del Convenio de Coordinación con los gobiernos de los Estados y con los municipios del país, para crear el Componente Indígena, en el Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social (FAIS); y el segundo avance se refiere al desarrollo del Foro Nacional de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en la ciudad de Morelia, Michoacán, a la par de los 57 foros regionales en las 32 entidades de la República.

En el caso de la firma del Convenio, el director general del INPI argumentó que “este es un paso inédito en la historia de nuestro país porque este Fondo sólo lo han recibido las entidades federativas y municipios, ahora las comunidades que están registradas en el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas recibirán sus recursos de manera directa” puntualizó.

Agregó que estos recursos van a servir para que las comunidades, en el terreno de los hechos, puedan ejercer su autonomía, pues, “es fundamental porque la autonomía no sólo se queda en el discurso o en la letra de la norma sino que se materializa en acciones, y esto se va a permitir a través del Fondo, lo que se establece como un elemento sustantivo en la construcción del proceso de transformación nacional”.

Por su parte, Víctor Toledo, en representación de la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, aseveró que es un momento clave en México de construcción de futuro, “se están sentando las bases de lo que será no solo un sexenio, sino que en el caso de los pueblos indígenas de una relación entre el Estado y los pueblos indígenas y justamente con el tema de la consulta, se materializa lo que se discutió en la sesión pasada en los principios generales de la ley y ahora se empieza a aterrizar eso en uno de los instrumentos fundamentales que tiene el derecho internacional de los derechos humanos, que es el deber que tienen los Estados de consultar a los pueblos indígenas y afromexicanos antes de adoptar decisiones que puedan afectar sus derechos”, manifestó.

Agregó que el desafío es analizar cuáles son las bases de ese diálogo para la construcción de acuerdos, cuál es el peso jurídico que tienen esos acuerdos, si son vinculantes o no. “Lo que tenemos en las manos hoy día es la construcción de una propuesta que sea no solamente innovadora y eficaz para México sino que sea también una propuesta para los pueblos de América latina”, puntualizó.
Finalmente, Ángeles Arcos García, en representación de la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy Ramos, señaló que el tema que convoca la cuarta sesión de Comité Técnico Asesor, es una pieza clave para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en su lucha por la participación y toma de decisiones sobre lo propio y para seguir defendiendo sus derechos y posicionar en otro nivel a las conciencias, “es necesario detallar a las autoridades, a las empresas a todos en general, qué obligaciones se derivan de estos derechos”, dijo.

Asistieron representantes de Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, de la Secretaría de Gobernación, del Congreso de la Unión, del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, invitados de instituciones de la Administración Pública Federal, expertos indígenas y académicos.

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